Desde el 9 de Julio de 2005 ningún cónyuge está obligado a alegar causa alguna para solicitar la separación o el divorcio. Basta que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para poder iniciar los trámites de separación o divorcio, sin tener que pasar el paso previo de la separación como ocurría anteriormente. El único requisito legal en ambos casos es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. ¿Cuál es su caso?
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